Estudios de Impacto y Riesgo Ambiental
Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) o Informe Preventivo (IP)
¿Qué es un Manifiesto de Impacto Ambiental o Informe Preventivo?
Una Manifiesto de Impacto Ambiental o MIA es un documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.
El Manifiesto de Imacto Ambiental, debe presentarse ante el Gobierno del Estado de Baja California - Secretaria de Proteccion al Ambiente (SPA), o al Gobierno Federal - Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) o al Gobierno Municipal - Dirección de Protección al Ambiente (DPA); dependiendo del giro de la empresa.
¿Este trámite es el adecuado para las actividades que se desarrollan en mi empresa? y ¿Dónde debo presentarlo?
En el artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) menciona que…“quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Protección al Ambiente".
Como parte de los servicios que ofrece CIMA Consultores es el prestar asesoría y lleva de la mano a las empresas hacia una gestión integral de sus procesos, enfocándose en sus inquietudes y necesidades hasta obtener una respuesta favorable de su trámite o el cumplimiento del mismo.
¿Cuánto tiempo debo invertir en el proceso hasta tener una respuesta por parte de la entidad gubernamental?
Una vez que la empresa nos ha brindado su confianza, CIMA recopila la información necesaria. El tiempo promedio para generar el documento (MIA o IP) es de tres a cuatro semanas, firmado por ambas partes, impreso y listo para presentarse ante las entidades gubernamentales. Los tiempos de evaluación dependerán de la entidad gubernamental a la que es ingresado el documento, con base en el Artículo 83 de la Ley del Procedimiento para los Actos de la Administración pública del Estado de Baja California.
Estudio de Riesgo Ambiental (ER)
¿En qué consiste un ER y que debe incluir?
El artículo 30 de la LGEEPA señala que cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas, la manifestación deberá incluir un estudio de riesgo correspondiente, debe incluir:
- Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto.
- Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones, en su caso.
- Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.
Monitoreos Ambientales y Laborales
¿Qué son los Monitoreos Ambientales y Laborales?
Son sistemas continuos de observación de medidas y evaluaciones para propósitos definidos; el monitoreo es una herramienta fundamental dentro de todo aquel desarrollo o procedimiento que se desee sea controlado y seguro.
Los programas de monitoreo para control ambiental y laboral, en ocasiones son requeridos por las autoridades competentes para la aprobación de actividades que impliquen cambios en el medio o afectaciones en la salud de sus trabajadores, con el fin de salvaguardarlo.
CIMA Consultores ofrece entre otros los siguientes servicios de monitoreo ambiental y laboral:
monitoreo |
nom |
Electricidad Estática en centros de trabajo |
NOM-022-STPS-2008 |
Condiciones térmicas elevadas o abatidas |
NOM-015-STPS-1999 |
Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido (Determinación del nivel de exposición a ruido y nivel de presión acústica) |
NOM-011-STPS-2001 |
Condiciones de iluminación en los centros de trabajo (medición de los niveles de iluminación y evaluación del factor reflexión) |
NOM-025-STPS-2008 |
Monitoreo de sustancias químicas contaminantes en el medio ambiente laboral de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana. |
NOM-010-STPS-1999 |
Determinación de la exposición laboral por grado de efecto a la salud y el grado de exposición de contaminantes y la Clasificación Cualitativa de Riesgo. |
NOM-010-STPS-1999 |
Monitoreo de Emisiones a la Atmósfera para su Registro ante la Secretaría de Protección al ambiente de Baja California |
NOM-085-SEMARNAT-1994 |
Autorización de funcionamiento de recipientes sujetos a presión acorde a la, incluyendo: |
NOM-020-STPS-2011 |
Límites Máximos Permisibles de Hidrocarburos en Suelos y las Especificaciones para su caracterización y remediación. |
NOM-138-SEMARNAT/SS-2003 |
Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales |
NOM-001-SEMARNAT-1996 |
Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. |
NOM-002-SEMARNAT-1996 |
Que establece los límite máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reúsen en servicios al público. |
NOM-003-SEMARNAT-1997 |
Los períodos que deben considerarse para estos programas son:
- Período de construcción de la instalación.
- Período de operación de la instalación (monitoreo rutinario).
- Periodo de abandono.
Con los resultados obtenidos durante los muestreos, CIMA realiza una evaluación con respecto a las normas establecidas, si estas NO son rebasadas se considera que el IMPACTO se encuentra bajo control. En caso de que SE rebasen los límites permisibles, el impactante se encuentra fuera de control y es necesaria una fase de investigación que permita tomar la decisión más adecuada para implementar las medidas de control.
Auditoría y Peritaje Ambiental
Las entidades ambientales y gubernamentales en los tres órganos de gobierno (SEMARNAT, SPA, DPA), entre sus principales atribuciones, se encuentra el hacer efectivas las obligaciones establecidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual tiene por objeto, entre otros, establecer las bases para garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar,
ARTÍCULO 38 de la LGEEPA manifiesta que los productores, empresas u organizaciones empresariales podrán desarrollar procesos voluntarios de AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL, a través de los cuales mejorarán su desempeño ambiental, respetando la legislación y normatividad vigente en la materia y se comprometan a superar o cumplir mayores niveles, metas o beneficios en materia de protección ambiental asesoría y soporte que ofrece CIMA para cumplir con dichos objetivos.
La Secretaria del Trabajo y Prevención Social (STPS) tiene dentro de su plan de trabajo existe un Programa de Autorregulación en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) cuyo objetivo es impulsar a las empresas instauren y operen sistemas de administración en materia de seguridad y salud en el trabajo con base en estándares nacionales e internacionales a fin de favorecer el funcionamiento de centros de trabajo seguros e higiénicos.
Cursos de capacitación autorizados por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social
Relación de cursos autorizados por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Impartidos por el personal de CIMA Consultores:
• Manejo de Residuos Peligrosos y No peligrosos (4 horas)
• Elaboración de planes de contingencia y evacuación
• Manejo y Operación de Montacargas (8 horas)
• Uso y Manejo de extintores (3 horas)
• Introducción a la Seguridad e Higiene Industrial (4 horas)
• Comisión de Seguridad e Higiene (4 horas)
• Uso del Equipo de Protección Personal (4 horas)
• Señalización y Colores de seguridad (2 horas)
• Que hacer en caso de sismos y evaluación de planta (4 horas)
• Manejo de Químicos (4 horas)
• Identificación de Riesgos de Trabajo (4 horas)
• Hojas Datos de Seguridad (3 horas)
• Inspecciones y Recorridos de seguridad (4 horas)
• Conducción a la Defensiva (4 horas)
• Primeros Auxilios Básico (8 horas)
• Primeros Auxilios Avanzado (20 horas)
• Introducción a la ecología y medio ambiente (8 horas)
• Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos (8 horas)
• Trabajos Calientes (corte, soldadura, trabajos eléctricos) (4 horas)
• Planes de Emergencia (4 horas)
• Normatividad de seguridad e higiene y medio ambiente (6 horas)
• Brigadas de Emergencias (8 horas, 24 horas, 40 horas)
• Fugas y Derrames de químicos (8 horas)
• Seguridad con trabajos eléctricos (4 horas)
• Riesgo en Maquinaria y equipo (8 horas)
• Seguridad con recipientes sujetos a presión (8 horas)
• Bloqueo y Etiquetado de energía (4 horas)
• Operación y Mantenimiento de sistemas contra incendio (6 horas)
• Espacios Confinados (8 horas)
• Prevención de la contaminación (4 horas)
• Auditorías Ambientales (4 horas)
• Qué hacer en caso de inspección por parte de la autoridad competente (4 horas)
• eguridad para contratistas (40 horas)
• Seguridad de trabajos en alturas (24 horas)
Gestión de Trámites
En CIMA Consultores nos hemos especializado en la gestión de tramites ambientales y de seguridad e higiene, apoyando a nuestros clientes con asesorías especializadas para dar continuidad ante Dependencias gubernamentales como la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), así como también la Secretaria de Protección al Ambiente del Estado de Baja California (SPA), Dirección de Protección al Ambiente del Municipio de Tijuana (DPA).
Así como la Secretaria del Trabajo en cumplimiento a la normatividad de seguridad e higiene.
Evaluación de Impacto Social
Documento que contiene la identificación de pueblos en el área de influencia de un proyecto, así como la identificación, caracterización, predicción y valoración de las consecuencias que podrían derivarse, medidas de mitigación y planes de gestión social.
¿Quiénes deben presentar la EIS?
Los asignatarios, contratistas, así como todos los interesados en obtener un permiso o autorización para desarrollar proyectos del sector energético ante la Secretaría de Energía.
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